Gobierno de España
•GeneralLey · Presentada el 24/7/2025
Expediente: No disponible
Esta ley amplía el concepto de "vehículo a motor" y extiende la obligación de aseguramiento a nuevos tipos de vehículos, mejorando la protección de datos personales y creando un seguro obligatorio para vehículos personalmente ligeros no considerados legalmente como vehículos a motor.
Esta ley, aprobada por el Jefe del Estado Felipe VI y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre. Su principal objetivo es transponer la Directiva (UE) 2021/2118 del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica la Directiva 2009/103/CE relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles.
Esta ley es crucial para adaptar el marco legal español a las directrices europeas, mejorando la protección de los perjudicados en accidentes de tráfico y ampliando el concepto de "vehículo a motor". Además, incorpora recomendaciones del Informe Razonado de la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración para mejorar el sistema de resarción de daños.
Publicación oficial registrada. La entrada en vigor y las derogaciones deben consultarse en el texto oficial.
24 de julio de 2025
Fecha asociada al expediente o a la norma en el catálogo oficial.
Publicación oficial registrada. La entrada en vigor y las derogaciones deben consultarse en el texto oficial.
Estado: Sin estado registrado. Situación: No consta. La fuente no aporta el historial de trámites.
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