Gobierno de España
•GeneralLey orgánica · Presentada el 3/6/2025
Expediente: No disponible
Título oficial: Ley Orgánica 2/2025, de 3 de junio, por la que se autoriza la ratificación de cuatro enmiendas al artículo 8.2 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
La Ley Orgánica 2/2025 autoriza la ratificación de cuatro enmiendas al artículo 8.2 del Estatuto de Roma, que amplían el ámbito de los crímenes de guerra para incluir el uso de armas biológicas, fragmentos no localizables por rayos X, láser cegadores y el hambre como método de guerra en conflictos internacionales.
La Ley Orgánica 2/2025, de 3 de junio, autoriza la ratificación de cuatro enmiendas al artículo 8.2 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI). Estas enmiendas amplían el marco legal para criminalizar el uso de ciertas armas y métodos de guerra considerados particularmente dañinos o inhumanos.
Esta ley orgánica refuerza los compromisos internacionales de España con respecto a la protección de derechos humanos y la lucha contra la impunidad en casos de crímenes graves. A través de estas enmiendas, se amplía el ámbito de competencias transferidas a la CPI, lo que contribuye a fortalecer el sistema de justicia penal universal.
Enmiendas adoptadas en 2017:
Prohibición del uso de armas biológicas y toxinas.
Prohibición del empleo de armas que causen lesiones mediante fragmentos no localizables por rayos X.
Prohibición del uso de armas láser diseñadas para causar ceguera permanente.
Enmienda adoptada en 2019:
Prohibición del recurso al hambre como método de guerra contra la población civil.
Autorización: La ratificación de estas enmiendas se autoriza mediante esta ley orgánica, en aplicación de lo previsto en el artículo 93 de la Constitución Española.
Publicación oficial registrada. La entrada en vigor y las derogaciones deben consultarse en el texto oficial.
3 de junio de 2025
Fecha asociada al expediente o a la norma en el catálogo oficial.
Publicación oficial registrada. La entrada en vigor y las derogaciones deben consultarse en el texto oficial.
Estado: Sin estado registrado. Situación: No consta. La fuente no aporta el historial de trámites.
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