Proposición de ley · Presentada el 4/6/2024
Expediente: 122/000111/0000
Título oficial: Proposición de Ley de autorización del embargo total de armas y
reducción del gasto militar.
Información general
Plantea reducir un 15% el gasto militar y exigir aval del Congreso para vender armas.
Afecta a las Fuerzas Armadas, a la industria de defensa y a las cuentas públicas.
Contexto
Los autores de la iniciativa señalan el aumento mundial del gasto armamentístico y expresan preocupación por el destino final de las exportaciones españolas frente al derecho internacional humanitario.
Te afecta si...
- Trabajas o diriges empresas de la industria de defensa o tecnologías de doble uso, ya que cada exportación comercial requeriría una autorización expresa del Congreso de los Diputados.
- Eres miembro de las Fuerzas Armadas o Cuerpos de Seguridad del Estado asignado a misiones en el exterior, pues el traslado de equipamiento bélico requeriría visto bueno parlamentario previo o posterior.
- Tienes interés en el destino de los fondos públicos, ya que la iniciativa propone restringir por ley los recursos destinados a gasto militar en los presupuestos del Estado.
Aspectos importantes de la propuesta
- Reducción presupuestaria del gasto militar: obliga a que los proyectos de Presupuestos Generales del Estado reduzcan un 15% el gasto militar respecto a las cuentas en vigor, medida aplicable hasta el 31 de diciembre de 2029.
- Autorización parlamentaria de transferencias de armas: traslada al Congreso de los Diputados la competencia para autorizar o rechazar cada exportación o envío de material de defensa y tecnologías de doble uso en un plazo de seis meses.
- Aprobación parlamentaria de embargos: faculta al Congreso para decretar el embargo de armas y material de doble uso a determinados países, a propuesta del Gobierno o de los grupos parlamentarios.
- Control de créditos y modificaciones presupuestarias: exige autorización del Congreso para cualquier uso del Fondo de Contingencia o modificación de crédito que incremente o altere el gasto militar.
- Mayor publicidad y transparencia: la Intervención General de la Administración del Estado deberá publicar cada mes en el Boletín Oficial del Estado y remitir a las Cortes la ejecución detallada de las partidas militares.
Detalles a tener en cuenta
- En caso de misiones urgentes de las fuerzas armadas en el exterior, el envío del material podrá realizarse sin permiso previo, pero el Gobierno deberá someterlo a ratificación del Congreso en los 20 días siguientes.
- Si el Congreso no resuelve sobre una solicitud de autorización de transferencia de armas en seis meses, esta se considerará rechazada por silencio administrativo negativo.
- Se establece un plazo de seis meses para que el Gobierno elabore el desarrollo reglamentario oportuno tras su entrada en vigor, prevista para el día siguiente al de su publicación oficial.
Este resumen es provisional y fue hecho con IA