Proposición de ley · Presentada el 20/5/2026
Expediente: 122/000282/0000
Título oficial: Proposición de Ley de grandes simios.
Información general
Prohíbe la cría, venta y uso comercial de grandes simios para acabar con su cautividad.
Afecta a zoológicos, santuarios y centros autorizados que custodian a estos homínidos.
Contexto
La iniciativa busca cumplir el mandato de la Ley 7/2023 de protección animal que ordenaba regular la situación de los homínidos. Sus promotores sostienen que las capacidades cognitivas, emocionales y la cercanía evolutiva de estas especies justifican otorgarles un estatuto jurídico protector y poner fin progresivo a su cautiverio.
Te afecta si...
- Eres titular, trabajas o gestionas parques zoológicos, reservas o centros que albergan simios: deberás adaptar tus recintos, evitar su reproducción y tramitar nuevas autorizaciones específicas.
- Trabajas en actividades científicas, publicitarias o del sector audiovisual: no podrás emplear grandes simios en anuncios ni producciones artísticas, ni utilizarlos en experimentación invasiva.
- Perteneces a una entidad de protección animal o conservación de la biodiversidad: podrás personarte como parte interesada en los expedientes sancionadores abiertos por posibles infracciones.
Aspectos importantes de la propuesta
- Reconocimiento de derechos y fin de la cautividad: se reconoce el derecho de los homínidos a vivir en su hábitat y se veta su cautiverio general, permitiéndose solo en supuestos ya existentes o derivados de decomisos.
- Prohibición de reproducción y comercio: queda prohibida la cría en cautividad, así como la compraventa, donación o cesión económica de ejemplares, admitiéndose traslados excepcionales sin ánimo de lucro por motivos de bienestar.
- Restricciones en recintos y visitas: los centros autorizados deberán disponer de áreas interiores y exteriores con zonas de ocultación y no podrán permitir que el público moleste o interactúe con los animales.
- Creación del Registro Estatal y Comité asesor: se crea el Registro Estatal de Grandes Simios, que será público, y un órgano colegiado consultivo para informar sobre traslados y formular propuestas de conservación.
- Régimen sancionador riguroso: se fijan multas de entre 500 y 200.000 euros, acompañadas de medidas como el decomiso de los animales, la inhabilitación para su tenencia o la clausura de instalaciones infractoras.
Detalles a tener en cuenta
- Plazos para centros: las instalaciones actuales dispondrán de 12 meses para solicitar la autorización y de 24 meses para realizar las reformas necesarias en sus recintos.
- Plazo para registro: los titulares contarán con 3 meses desde la puesta en marcha del Registro Estatal para inscribir a todos los ejemplares bajo su custodia.
- Apoyo financiero: el Gobierno aportará dotación económica para la adecuación de aquellos centros que mantengan de forma permanente simios propiedad del Estado o rescatados de incautaciones.
- Desarrollo reglamentario: el Ejecutivo tendrá un plazo de 6 meses tras la promulgación para regular en detalle los estándares técnicos de los recintos y los planes de bienestar.
- Entrada en vigor: la ley entraría en vigor a los tres meses de su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado.
Este resumen es provisional y fue hecho con IA