Proposición de ley · Presentada el 21/12/2023
Expediente: 122/000041/0000
Título oficial: Proposición de Ley de Regulación Integral y Control del Cannabis en
Personas adultas.
Información general
Propone regular el cultivo, la venta y el consumo de cannabis para mayores de edad.
Afecta a personas adultas consumidoras, clubes de cannabis y empresas del sector.
Contexto
La proposición de ley plantea un cambio de modelo frente a las políticas prohibicionistas del cannabis en España. Busca ordenar y controlar legalmente el ciclo completo de la planta para personas adultas, argumentando la ineficacia de la persecución penal y administrativa, el gasto de recursos públicos y la inseguridad jurídica que sufren consumidores y clubes cannábicos.
Te afecta si...
- Eres una persona mayor de edad consumidora o cultivadora de cannabis para uso personal.
- Formas parte, trabajas o gestionas un club social de cannabis o una asociación de autocultivo.
- Promueves o trabajas en empresas de producción, transformación, análisis o venta de cannabis y sus derivados.
- Tienes procedimientos pendientes, sanciones administrativas o antecedentes penales por conductas relacionadas con el cannabis que pasan a considerarse lícitas.
Aspectos importantes de la propuesta
- Permite el consumo, tenencia, autocultivo y comercialización de cannabis a mayores de 18 años mediante autocultivo privado, clubes sociales cooperativos y empresas con licencia.
- Crea la Agencia Española de Control de la Regulación Integral del Cannabis (AECRIC) para supervisar el sector y coordinar la plataforma informática SoftCRIC para garantizar la trazabilidad completa.
- Fija límites de tenencia en vías públicas (hasta 100 g de flor seca o 30 g de extractos) y de autocultivo en el hogar (máximo 20 m³ en exterior o 1.200 W en interior).
- Regula la venta minorista en dispensarios autorizados y clubes licenciados, con un límite por compra de 25 g de flor seca, prohibiendo el acceso a menores y la venta de alcohol de alta graduación en zonas de consumo.
- Establece el Impuesto Especial sobre Productos del Cannabis (IEPC), asignando dos terceras partes a sanidad, educación y Agenda 2030, con recargos para cultivos de interior con energía no renovable y deducciones para zonas despobladas.
- Anula las multas no ejecutadas por tenencia en la vía pública, sobresee causas penales en trámite, prevé la excarcelación de personas condenadas por hechos amparados por esta ley y elimina sus antecedentes penales y policiales.
Detalles a tener en cuenta
- Excluye expresamente de su ámbito los usos médicos y terapéuticos del cannabis, que se remiten a su propia regulación sanitaria específica.
- Prohíbe con carácter general la publicidad, promoción y patrocinio del cannabis, salvo en eventos y publicaciones especializadas dirigidas a profesionales o adultos.
- Exige que los cultivos comerciales de interior obtengan al menos el 90 % de su energía de fuentes renovables propias.
- Prevención de entrada en vigor escalonada: las disposiciones organizativas, de autocultivo y la anulación de sanciones entrarán en vigor tras su publicación, mientras que el mercado regulado comercial lo hará el 1 de enero posterior.
- El Gobierno deberá presentar un proyecto de ley para regular el nuevo impuesto especial en un plazo máximo de cuatro meses.
Este resumen es provisional y fue hecho con IA