Proposición de ley · Presentada el 11/7/2024
Expediente: 122/000122/0000
Proposición de ley reforma la Ley 53/2007 sobre control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, introduciendo el embargo como herramienta para prevenir conflictos y proteger derechos humanos. Limitaciones prácticas de la ley requieren implementación inmediata del embargo.
La Proposición de Ley por la que se reforma la Ley 53/2007, de 28 de diciembre, sobre el control del comercio exterior de material de defensa y de doble uso, introduce la figura del embargo y su régimen jurídico. Esta propuesta busca fortalecer las medidas preventivas contra el comercio ilícito de armas y otros materiales que puedan ser utilizados para fines militares o represivos.
El embargo de armas representa una herramienta crucial en la política internacional, diseñada para preservar la paz global, proteger los derechos humanos y prevenir el comercio ilícito de armas. Su implementación no solo contribuye a limitar el poder militar de Estados que incumplen con sus obligaciones internacionales, sino también a garantizar la seguridad y la paz internacional.
El Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA), adoptado en 2013 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, establece un marco legal que obliga a los Estados ratificados a evaluar sus exportaciones de armas para prevenir su uso en violaciones de derechos humanos. El TCA ha sido firmado por más de 130 países y ratificado por más de 110, reflejando el consenso internacional sobre la necesidad de controlar el comercio de armas.
La fuente registra la finalización de esta iniciativa.
11 de julio de 2024
Fecha asociada al expediente o a la norma en el catálogo oficial.
17 de julio de 2024
Hasta el 19 de julio de 2024.
19 de julio de 2024
Hasta el 7 de octubre de 2024.
7 de octubre de 2024
Hasta el 20 de mayo de 2025.
20 de mayo de 2025
Hasta el 27 de mayo de 2025.
27 de mayo de 2025
Hasta el 30 de mayo de 2025.
30 de mayo de 2025
Hasta el 6 de octubre de 2026.
6 de octubre de 2026
Última fase del historial oficial.
Estado: Sin estado registrado. Situación: Concluido - (Caducado).
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