Proyecto de ley orgánica · Presentada el 17/7/2026
Expediente: 121/000106/0000
Título oficial: Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria.
Comisión de Igualdad
Define la violencia vicaria y suprime visitas y patria potestad a progenitores agresores.
Afecta a madres víctimas de violencia de género, a sus hijos y al régimen de custodia.
Contexto
El Gobierno propone regular de forma integral la violencia vicaria en el ordenamiento jurídico para proteger a las mujeres y a los menores frente al daño ejercido sobre su entorno familiar o afectivo. La iniciativa responde a los compromisos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género y a informes institucionales que señalan fallos en la coordinación y riesgos en los regímenes de custodia.
Te afecta si...
- Eres una mujer víctima de violencia de género o tienes a cargo menores o personas con discapacidad en situación de riesgo dentro del ámbito familiar.
- Eres progenitor o progenitora en procesos de separación, divorcio, custodia o régimen de visitas con causas penales abiertas o indicios de violencia machista o familiar.
- Trabajas en la judicatura, fiscalía, medicina forense, cuerpos de seguridad, servicios sociales, educación o sanidad en áreas vinculadas a la infancia o la violencia machista.
Aspectos importantes de la propuesta
- Definición jurídica y agravante penal: Incorpora la violencia vicaria en la Ley Orgánica 1/2004 y en el Código Penal como circunstancia agravante por razón de género cuando se cometan delitos contra hijos, dependientes, ascendientes, hermanos o parejas para dañar a la mujer.
- Retirada de patria potestad y suspensión de visitas: Dicta la privación obligatoria de la patria potestad ante condenas firmes por delitos graves contra los hijos o la pareja, y prohíbe o suspende regímenes de estancia y visita a personas en prisión o incursas en procesos penales por violencia de género o doméstica.
- Nueva pena contra la difusión de contenidos: Introduce en el Código Penal la prohibición de publicar o difundir mensajes, imágenes o textos relacionados con el delito para evitar un daño psicológico continuado o menoscabar la dignidad de las víctimas.
- Audiencia obligatoria de menores y apoyo psicológico: Garantiza que los menores sean oídos en todos los procesos de custodia adaptando el trámite a su situación, y autoriza que la madre decida la asistencia psicológica de sus hijos sin el consentimiento del padre investigado o condenado.
- Pérdida de pensiones de supervivencia y cambio de apellidos: Deniega prestaciones de muerte y supervivencia de la Seguridad Social a quienes cometan homicidio doloso contra familiares de la víctima y autoriza el cambio de apellidos de los hijos fallecidos o menores para borrar el vínculo con el agresor.
Detalles a tener en cuenta
- Rehabilitación de la patria potestad: La causa de privación únicamente se considerará extinguida tras la cancelación efectiva de los antecedentes penales derivados de la condena firme.
- Excepciones procesales motivadas: La autoridad judicial solo podrá omitir la audiencia directa del menor o conceder visitas de forma excepcional mediante resolución motivada y siempre que no exista riesgo para su vida o integridad.
- Formación obligatoria: Impone planes de formación continua en perspectiva de género, infancia y discapacidad para personal judicial, fiscal, sanitario, educativo y de servicios sociales.
- Estado de tramitación: El documento corresponde a un proyecto de ley orgánica remitido a las Cortes Generales, sujeto a enmiendas parlamentarias, con previsión de entrar en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Este resumen es provisional y fue hecho con IA