Propone equiparar el vapeo al tabaco y prohibir fumar en terrazas, playas y accesos públicos.
Afecta a personas fumadoras, la hostelería y los comercios de vapeadores y tabaco.
Contexto
El Gobierno presenta este proyecto de ley para actualizar la normativa sobre tabaquismo vigente desde 2005. La iniciativa argumenta la necesidad de adaptarse a los nuevos patrones de consumo, frenar el auge de los cigarrillos electrónicos entre adolescentes y ampliar los espacios libres de humo.
Te afecta si...
- Consumes tabaco o vapeadores: ya no podrás fumar ni usar cigarrillos electrónicos en terrazas de bares, playas, parques infantiles, marquesinas, piscinas públicas ni a menos de 15 metros de accesos a edificios públicos, hospitales o colegios.
- Eres menor de edad: la propuesta prohíbe explícitamente el consumo de tabaco y productos relacionados por parte de menores.
- Gestionas un negocio de hostelería o de ocio: deberás garantizar la prohibición de fumar y vapear en las terrazas y zonas al aire libre de tu establecimiento.
- Comercializas vapeadores o productos con nicotina: solo se permitirá la venta de estos productos en estancos y tiendas especializadas, quedando vetada su publicidad, patrocinio y venta a distancia.
Aspectos importantes de la propuesta
- Equiparación del vapeo al tabaco: aplica las mismas limitaciones de consumo, venta y publicidad a los cigarrillos electrónicos (con o sin nicotina), bolsas de nicotina, productos a base de hierbas y sus dispositivos.
- Ampliación de espacios sin humo: prohíbe fumar y vapear en terrazas de hostelería, playas marítimas y fluviales, parques nacionales, exteriores de piscinas e instalaciones deportivas, recintos de espectáculos y vehículos de trabajo por cuenta ajena (salvo uso exclusivamente personal).
- Zonas de protección reforzada: establece un radio mínimo de 15 metros sin humo alrededor de los accesos a centros sanitarios, educativos, universitarios, culturales, deportivos, sociales y parques infantiles.
- Venta exclusiva y fin de la publicidad: limita la comercialización de productos relacionados a estancos y tiendas especializadas, y prohíbe la publicidad directa o indirecta en televisión, medios digitales, redes sociales y escaparates.
- Creación del Observatorio para la Prevención del Tabaquismo: recupera este órgano colegiado interadministrativo para evaluar los resultados de la norma y fijar objetivos de reducción del consumo.
Detalles a tener en cuenta
- Régimen sancionador: las infracciones leves suponen multas de 200 a 600 euros (hasta 200 euros si se fuma de forma aislada en lugares prohibidos); las graves, de 601 a 10.000 euros; y las muy graves, de 10.001 a 600.000 euros.
- Responsabilidad de menores: las sanciones económicas impuestas a menores por consumir serán responsabilidad subsidiaria de sus padres o tutores, pudiendo sustituirse por trabajos comunitarios o cursos preventivos.
Este resumen es provisional y fue hecho con IA