Real decreto-ley · Presentada el 29/9/2026
Expediente: No disponible
Título oficial: Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.
Información general
Prorroga rebajas fiscales y topes a la energía, y concede ayudas al transporte y al campo.
Afecta a consumidores de gas y luz, conductores, transportistas, agricultores y pescadores.
Contexto
El Gobierno aprueba este real decreto-ley para amortiguar el impacto del encarecimiento internacional de los hidrocarburos y materias primas derivado del conflicto en Oriente Medio, dando continuidad y salida gradual a medidas que vencían a finales de septiembre de 2026.
Te afecta si...
- Tienes contratada la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural o compras bombonas de butano domésticas de 12,5 kg.
- Conduces un vehículo de combustible o eres titular de contratos eléctricos domésticos.
- Trabajas o gestionas empresas de transporte por carretera (camiones, furgonetas, taxis, VTC o autobuses), flotas marítimas o transporte de mercancías por ferrocarril.
- Te dedicas a la agricultura, ganadería o pesca extractiva y utilizas combustibles profesionales.
- Eres persona trabajadora en una empresa receptora de ayudas directas vinculadas a este plan de choque.
- Operas como proveedor de servicios de criptoactivos o participas en el mercado de Certificados de Ahorro Energético (CAE).
Aspectos importantes de la propuesta
- Limita el incremento del término de materia prima en la TUR de gas natural: no podrá subir más del 35 % en la revisión de octubre de 2026 ni más del 15 % en enero de 2027, difiriéndose la deuda pendiente a futuras revisiones.
- Fija un precio máximo temporal de 19,55 euros por envase para la bombona de butano de 12,5 kg hasta el 30 de junio de 2027.
- Diseña una retirada gradual de la rebaja en el Impuesto sobre Hidrocarburos (20 céntimos por litro de reducción en octubre, 13 céntimos en noviembre y 6 céntimos en diciembre), sujeta a salvaguardas que restablecen descuentos mayores si el IPC de los carburantes supera el 15 % interanual.
- Introduce salvaguardas para devolver el IVA al 10 % en electricidad, gas natural y biomasa, y reducir al 0,5 % el Impuesto Especial sobre la Electricidad en noviembre o diciembre si sus precios repuntan más del 15 %.
- Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 las ayudas directas extraordinarias al gasóleo agrario (hasta 0,20 euros por litro) y al gasóleo profesional, así como el fondo compensatorio para armadores de buques pesqueros.
- Concede ayudas directas por vehículo para transportistas terrestres no beneficiarios del gasóleo profesional (entre 120 y 1.800 euros según categoría), e incluye líneas para operadores de transporte ferroviario de mercancías y líneas marítimas regulares.
- Prohíbe despedir por fuerza mayor o causas objetivas vinculadas a esta crisis energética hasta el 31 de diciembre de 2026 a las empresas perceptoras de ayudas directas, calificando los despidos como nulos y exigiendo el reintegro de las cuantías recibidas.
Este resumen es provisional y fue hecho con IA