La organización y el acceso han evolucionado en paralelo al desarrollo de la autonomía política. Hasta finales de los años noventa, el sistema universitario catalán funcionaba de facto como un distrito universitario propio: el acceso se
gestionaba desde
la Generalitat con criterios territoriales, en el marco de la Ley de Reforma Universitaria de 1983, que reconocía competencias a las comunidades autónomas y no imponía ningún distrito único. Aunque existía movilidad entre territorios, el
modelo no era abierto ni homogéneo, y las prioridades se decidían desde Catalunya.
A finales de los noventa se produce un cambio con la implantación del denominado «distrito abierto», que permite solicitar el ingreso en cualquier universidad pública del Estado con independencia de donde se haya superado la prueba de
acceso. Distintos reales decretos (1991,1999 y 2000) consolidan este modelo y limitan el criterio de territorialidad, hecho que implica una recentralización competencial: la Generalitat conserva la gestión material, pero pierde capacidad de
definir su política de acceso.
La Ley Orgánica de Universidades de 2001, la reforma de 2007 y la normativa posterior, vinculada al Espacio Europeo de Educación Superior, refuerzan esta lógica de unidad y «coordinación estatal». La LOSU de 2023 y los decretos recientes
consolidan un marco homogéneo de acceso y admisión a escala estatal. El sistema universitario español ha evolucionado hacia un modelo de distrito único material, basado en la unidad de efectos y la movilidad, con una regulación básica estatal que
deja a las competencias de la Generalitat de Catalunya un papel esencialmente procedimental. Actualmente, el distrito único opera en dos niveles: a escala estatal, como marco homogéneo que garantiza el acceso en cualquier universidad pública sin
criterios territoriales; y a escala catalana, con un sistema centralizado de preinscripción. El resultado es que actualmente Catalunya no dispone de capacidad normativa para implementar políticas universitarias propias.
Se plantea la creación de un distrito universitario propio para Catalunya, con reconocimiento normativo explícito, que permita ejercer con plenitud las competencias en acceso, admisión y ordenación universitaria. La propuesta se fundamenta
en la recuperación de autogobierno reconocido en el Estatut, en la protección de la posición singular de la lengua catalana y en el refuerzo efectivo de la autonomía universitaria. Este modelo permitiría adaptar el sistema a las necesidades
sociales y económicas del país, potenciar la excelencia, la innovación y la investigación, y consolidar una universidad competitiva internacionalmente pero arraigada al territorio y a su realidad cultural.
El actual modelo de distrito universitario único, justificado en el objetivo de garantizar la igualdad de acceso a la universidad en todo el Estado, ha generado en Catalunya efectos contrarios a la equidad y al retorno social de la inversión
pública. Después de más de dos décadas de aplicación, se constata que, especialmente en los estudios de más demanda como en los del ámbito sociosanitario, una parte muy significativa del alumnado proviene de otros territorios. En las facultades de
medicina públicas catalanas, este porcentaje supera el 40 % y llega cerca del 70 % en universidades como la de Lleida o la Rovira i Virgili. Muchos de estos estudiantes terminan ejerciendo fuera de Catalunya, hecho que implica que la inversión
pública en su formación no revierte en la sociedad catalana.
Además, el sistema actual perjudica al alumnado catalán por las diferencias de criterios y a niveles de exigencia en las avaluaciones preuniversitarias entre territorios, situándolo en desventaja competitiva. Todo esto se agrava en un
contexto de regresión del uso del catalán, especialmente en el ámbito sociosanitario, donde la llegada masiva de estudiantes sin conocimiento previo de la lengua reduce aún más su presencia. Delante de esta situación, se propone recuperar un
distrito universitario propio que garantice equidad, retorno social, protección de la lengua y ejercicio efectivo del autogobierno.