Primero. Objeto y alcance del Proyecto de Ley.
El Proyecto de Ley Orgánica de medidas excepcionales de sostenibilidad financiera para las comunidades autónomas de régimen común es el resultado de un pacto político entre el PSOE y ERC para la condonación parcial de la deuda autonómica que
la región catalana mantiene con el Estado, y que se ha traducido en un instrumento que implica a
todas las administraciones regionales del régimen común. Para ello, se establece un mecanismo mediante el cual el Estado asume hasta 80.309,7 millones de euros de deuda pública de las comunidades autónomas, con el límite del cincuenta por
ciento de la deuda de cada administración existente a 31 de diciembre de 2023. Según el Gobierno, esta medida permitirá reducir el volumen de deuda que soportan las comunidades autónomas, aliviar su carga financiera y así facilitar que puedan
volver a financiarse directamente en los mercados financieros.
Para llevar a cabo esa asunción de deuda, el proyecto contempla dos vías. La primera consiste en que el Estado cancele los préstamos que previamente había concedido a las comunidades autónomas a través del Fondo de Financiación a
Comunidades Autónomas. La segunda se refiere a los casos en los que una comunidad autónoma tenga deudas con bancos u otros acreedores. En esos supuestos, el Estado podrá asumir esa deuda subrogándose en la misma. Para ello, el proyecto crea el
Fondo para la Amortización de la Deuda Autonómica de Mercado, cuya deuda pasará a considerarse deuda del Estado. Existe, no obstante, una diferencia importante entre ambos mecanismos. La cancelación de los préstamos del Fondo de Financiación se
realizará de oficio, es decir, sin necesidad de solicitud previa por parte de la comunidad autónoma. En cambio, la subrogación en la deuda de mercado sí exigirá que la comunidad autónoma interesada lo solicite y que el Gobierno apruebe las
operaciones concretas que vayan a ser asumidas.
Para articular este mecanismo, el proyecto introduce modificaciones en diversas normas que integran el vigente sistema de estabilidad presupuestaria y financiación autonómica. En particular, establece una excepción al principio de
responsabilidad financiera previsto en el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF); modifica el régimen de endeudamiento contenido en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de
Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA); y adapta el régimen del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas al nuevo sistema de asunción de deuda diseñado por la propia iniciativa.
Segundo. Incompatibilidades con el Ordenamiento Jurídico.
El proyecto no se limita a articular un mecanismo financiero extraordinario, sino que establece una excepción singular al principio de responsabilidad financiera establecido en el artículo 8.2 de la LOEPSF, conforme al cual cada
Administración Pública debe asumir las consecuencias derivadas de sus propias decisiones en materia de endeudamiento y gestión presupuestaria. El Gobierno crea así un régimen jurídico excepcional concebido exclusivamente para hacer viable una
operación de asunción de deuda que se aparta del interés general y se centra en cumplir acuerdos políticos ajenos a una verdadera lógica de responsabilidad financiera. Con esta técnica legislativa se vacía de contenido uno de los principios
estructurales del sistema de estabilidad presupuestaria diseñado tras la reforma del artículo 135 de la Constitución. Si los principios de responsabilidad financiera pueden dejar de aplicarse para satisfacer acuerdos políticos concretos, dejan de
actuar como verdaderos límites a la actuación de los poderes públicos para convertirse en instrumentos sometidos a la conveniencia de la mayoría parlamentaria del momento.
El proyecto califica la asunción de deuda como una medida «excepcional» y «no recurrente», desvinculada del régimen ordinario de financiación autonómica. Esa excepcionalidad resulta difícilmente conciliable con el contenido de la norma, que
no sólo regula una operación singular de asunción de deuda, sino que introduce modificaciones permanentes en el régimen de endeudamiento autonómico y en el Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas. La excepción acaba así convirtiéndose en una
reforma estructural del sistema.
En cuanto a la reforma de la LOFCA, a pesar de tener una apariencia de modificación técnica, las consecuencias pueden ser devastadoras para el endeudamiento global, ya que
se modifica el régimen de endeudamiento autonómico para ampliar los supuestos en los que las comunidades autónomas pueden recurrir al crédito sin autorización previa del Estado y elimina la activación automática de mecanismos adicionales de
control derivados de incumplimientos anteriores. Esto es, el proyecto reduce los controles preventivos que hasta ahora condicionan el recurso al endeudamiento y debilita el vínculo entre las decisiones financieras adoptadas por cada región y la
responsabilidad que debe derivarse de las mismas. La reforma abandona la responsabilidad sobre la que se articuló el sistema, dejando de premiar la disciplina presupuestaria para prevenir desequilibrios, permitiendo que las consecuencias de una
nefasta gestión sean asumidas por el conjunto de los españoles. De este modo, se altera el equilibrio básico del modelo de financiación autonómica.
Tercero. Consecuencias financieras e institucionales.
Las excepciones que introduce este proyecto no solo alteran las reglas sobre responsabilidad financiera de las administraciones, sino que trasladan al conjunto de los españoles el coste de decisiones de endeudamiento adoptadas por
determinadas administraciones regionales. Las siguientes consecuencias financieras e institucionales justifican, por sí solas, la devolución del proyecto al Gobierno.
El proyecto rompe con el principio de que cada administración debe asumir las consecuencias de sus propias decisiones financieras. Cuando quien se endeuda sabe que otro acabará soportando el coste de esa deuda, desaparecen los incentivos
para actuar con responsabilidad y se debilita la disciplina presupuestaria que debe regir la actuación de todas las Administraciones Públicas. El resultado es que los ciudadanos terminan asumiendo, como contribuyentes, el coste de decisiones que
nunca eligieron.
Lejos de corregir ese problema, la propia exposición de motivos sostiene que la asunción de deuda permitirá mejorar la solvencia financiera de las comunidades autónomas y facilitar su regreso a los mercados. Sin embargo, la norma no
acompaña ese saneamiento financiero de mecanismos permanentes que refuercen la disciplina presupuestaria o impidan que vuelvan a reproducirse situaciones de sobreendeudamiento como las que ahora pretende corregir. La Autoridad Independiente de
Responsabilidad Fiscal advirtió, en el Observatorio de Deuda Noviembre 2025, de que, «pese a la condonación, algunas comunidades autónomas seguirán manteniendo niveles de deuda superiores al 20 % del PIB, con dinámicas que no apuntan a una reducción
sostenida en el medio plazo». Es decir, continuarán manteniendo elevados niveles de deuda incluso después de la condonación y el ahorro financiero obtenido podría volver a destinarse a incrementar el gasto en lugar de reducir el endeudamiento1. Si
ello ocurre, el coste de una gestión financiera irresponsable volverá a recaer, una vez más, sobre el conjunto de los españoles a través de más impuestos y más deuda.
El proyecto perjudica directamente a aquellas comunidades autónomas que han gestionado sus finanzas con mayor responsabilidad, mientras que aquellas con mayores niveles de endeudamiento reciben un importante alivio financiero mediante la
condonación de su deuda. Por tanto, las comunidades autónomas que realizaron un mayor esfuerzo para contener el gasto o limitar el recurso al endeudamiento no ven reconocido ese esfuerzo y se verán perjudicadas en términos comparativos. El mensaje
que transmite la norma es que la responsabilidad fiscal no tiene recompensa y que quienes actuaron con prudencia pueden acabar soportando las consecuencias de quienes no lo hicieron.
Esta desigualdad se agrava con el propio funcionamiento del mecanismo previsto por el proyecto. Las comunidades autónomas endeudadas con el Estado reciben automáticamente la cancelación de esa deuda, mientras que aquellas cuya deuda está en
manos de entidades financieras sólo podrán beneficiarse si el Gobierno acepta
1 Observatorio de Deuda Noviembre 2025. AIReF.
https://www.airef.es/es/noticias/la-airef-analiza-lasimplicaciones-de-la-propuesta-de-condonacion-de-la-deuda-autonomica-y-la-reforma-de-los-mecanismos-definanciacion-en-el-observatorio-de-deuda/.
asumir las operaciones correspondientes. Además, la ley deja para un desarrollo posterior aspectos esenciales de este mecanismo, de forma que una parte relevante de su aplicación queda condicionada por decisiones posteriores del propio
Gobierno y no exclusivamente por criterios aprobados por las Cortes Generales. Ello introduce un riesgo de aplicación desigual de una medida que debería responder exclusivamente a criterios objetivos.
Por último, este proyecto transmite a los mercados financieros la idea de que el Estado está dispuesto a asumir el coste de decisiones de endeudamiento adoptadas por otras administraciones sin acometer previamente una reforma estructural del
sistema de financiación autonómica. Ello puede deteriorar la confianza en el compromiso de España con la estabilidad presupuestaria, elevar el coste de financiación del sector público y reducir la capacidad del Estado para bajar impuestos, sostener
los servicios públicos o responder a futuras crisis económicas. En definitiva, la deuda no desaparece: simplemente deja de recaer sobre quienes la generaron para terminar siendo soportada por el conjunto de los españoles.
Cuarto. Finalidad política del proyecto.
El impulso político de este proyecto no responde a una necesidad sobrevenida del sistema de financiación autonómica, sino al cumplimiento del acuerdo de gobernabilidad alcanzado entre el PSOE-PSC y el partido separatista ERC, mediante el
cual el Gobierno asumió el compromiso de impulsar la denominada condonación de la deuda como precio de su permanencia en el poder.
La propia tramitación del proyecto lo demuestra. El Gobierno lo mantuvo paralizado durante meses mediante sucesivas ampliaciones del plazo de enmiendas y ahora pretende acelerar su aprobación precisamente cuando anuncia una futura reforma
del sistema de financiación autonómica. En lugar de abordar primero esa reforma y decidir después las medidas que resulten necesarias, el Ejecutivo ha optado por cumplir antes el compromiso asumido con sus socios parlamentarios, anteponiendo sus
intereses políticos al de los españoles.
Quinto. Devolución al Gobierno.
El «Estado de las autonomías» ha provocado un verdadero caos en la atribución y el ejercicio de las distintas competencias y, lo que es mucho peor, ha fortalecido enormemente a las fuerzas separatistas, con lo que ha debilitado la unidad
nacional y el principio de igualdad de los españoles. El modelo autonómico, a su vez, ha sido posible gracias a un sistema de financiación que sostiene un sector público sobredimensionado y que favorece la duplicidad ineficiente e innecesaria de
numerosas instituciones y organismos del Estado. Asimismo, este denso entramado institucional es fuente de un gasto político e ideológico que parasita los ingresos de los españoles. No estamos ante un mero problema financiero, sino ante un
auténtico problema nacional que ha empobrecido a los españoles y ha puesto en serio peligro nuestra propia continuidad como comunidad política.
Con este proyecto, el Gobierno vuelve a utilizar una ley para dar cumplimiento a compromisos políticos adquiridos para mantenerse en el poder, haciendo recaer sobre el conjunto de los españoles el coste económico de decisiones que no
responden a las demandas de las familias españolas. En una situación en la que los españoles no llegan a fin de mes, con graves problemas para el acceso a la vivienda, con miles de normas e impuestos con los que cumplir, este proyecto no viene a
solucionar los problemas reales de los españoles, sino a abrir la puerta a más impuestos, más deuda y más irresponsabilidad fiscal de las administraciones.
Por ello, el Grupo Parlamentario VOX considera que este Proyecto de Ley Orgánica debe ser devuelto al Gobierno.