Se propone añadir una nueva disposición adicional XXX, que quedará redactada como sigue:
'Disposición adicional XXX. Promoción y Regulación de Mercados Voluntarios de Activos Ambientales.
En el plazo de un año se procederá a establecer el marco regulador para el funcionamiento de los mercados voluntarios de activos ambientales, independiente del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero,
entendidos como aquellos espacios en los cuales se intercambian certificados, bonos u otros instrumentos financieros generados por proyectos o iniciativas que resulten en beneficios ambientales verificables, tales como la reducción de emisiones de
gases de efecto invernadero, la conservación de biodiversidad, la restauración de ecosistemas, la captura y almacenamiento de carbono, la mejora en la calidad del aire, la protección de recursos hídricos, la gestión eficiente del agua, el plástico
evitado, y cualesquiera entre otros proyectos que tengan en cuenta las soluciones basadas en la naturaleza, entre otros.
Estos mercados serán de carácter voluntario, tanto para las empresas como para las personas físicas, y cumplirán los estándares de certificación reconocidos, deberán registrarse en un sistema público de seguimiento y verificación, los cuales
garantizarán la transparencia, trazabilidad y verificación de los beneficios ambientales.
El Gobierno y las Comunidades Autónomas podrá implementar incentivos fiscales, financieros o de otra índole, con el fin de promover la participación en estos mercados, incentivar el desarrollo de proyectos de mitigación o compensación
ambiental y fomentar la adopción de prácticas empresariales sostenibles.
La autoridad competente establecerá los mecanismos de control para asegurar el correcto funcionamiento del mercado y la validez de los certificados emitidos y presentará un informe anual sobre el estado y evolución de los mercados
voluntarios de activos ambientales, evaluando su impacto en términos de beneficios ambientales generados, participación de actores y contribución a los objetivos nacionales de sostenibilidad y cambio climático.
Se promoverá la alineación de los mercados voluntarios de activos ambientales con los estándares internacionales, facilitando la integración y el reconocimiento mutuo de certificados con otros mercados ambientales en el ámbito global, con el
objetivo de potenciar el impacto de las iniciativas y fomentar la cooperación internacional en materia de sostenibilidad'.