Modifica el régimen de derechos de emisión para incluir el transporte marítimo y combustibles.
Afecta a navieras, aerolíneas, distribuidores de combustible e instalaciones industriales.
Contexto
Los Grupos Parlamentarios Socialista y SUMAR proponen modificar la Ley 1/2005 para transponer directivas europeas del paquete climático «Objetivo 55». La norma busca acelerar la reducción de gases de efecto invernadero adaptando el mercado de derechos de emisión en España.
Te afecta si...
- Eres titular o gestor de una empresa naviera o de transporte marítimo con actividad en puertos españoles o de la Unión Europea.
- Eres un operador aéreo comercial o no comercial sujeto a las reglas europeas sobre aviación y mecanismos de compensación ambiental.
- Eres una entidad distribuidora o comercializadora de combustibles para transporte por carretera, edificación y otros sectores industriales.
- Eres responsable de instalaciones industriales fijas, plantas de incineración de residuos urbanos de gran capacidad o centros hospitalarios.
Aspectos importantes de la propuesta
- Extensión al transporte marítimo: Incorpora paulatinamente la obligación de entregar derechos de emisión por el 100% de los viajes intraeuropeos y el 50% de los internacionales.
- Nuevo régimen para combustibles: Crea un sistema independiente de derechos de emisión para distribuidores de combustibles en transporte por carretera y edificación a partir de 2025.
- Aviación y descarbonización: Elimina gradualmente la asignación gratuita de derechos a aerolíneas para 2026 y crea una reserva de derechos para incentivar combustibles de aviación sostenibles.
- Ajuste de carbono en frontera (MAFC): Designa al Ministerio para la Transición Ecológica como autoridad competente para aplicar el mecanismo a importaciones de productos cubiertos por la UE.
- Control de grandes incineradoras: Incluye a las plantas de incineración de residuos urbanos de más de 20 MW en el sistema de seguimiento, notificación y verificación de emisiones.
- Régimen sancionador y medidas cautelares: Contempla multas de 100 euros por tonelada emitida en exceso e inmovilización o expulsión de buques en caso de incumplimiento reiterado.
Detalles a tener en cuenta
- Plazos de aplicación gradual: La entrega obligatoria de derechos para el sector marítimo se escalona (40% en 2024, 70% en 2025 y 100% en 2026).
- Entrega de derechos en combustibles: Las entidades reguladas deberán entregar derechos a partir de mayo de 2028 (o 2029 si los precios energéticos son excepcionalmente altos).
- Compensación a hospitales: Se prevé la posibilidad de regular mediante real decreto compensaciones financieras a hospitales por los costes repercutidos de los combustibles.
- Auditorías y neutralidad: Las instalaciones fijas deberán presentar planes de neutralidad climática o cumplir auditorías energéticas para optar al máximo de asignación gratuita.
- Texto refundido: El Gobierno dispondrá de un plazo de 24 meses desde la entrada en vigor para aprobar un texto refundido de la Ley 1/2005.
Este resumen es provisional y fue hecho con IA