Exposición de motivos
I
[…]
En relación con el servicio de ayuda a domicilio, se potencia la
personalización y la orientación comunitaria de los cuidados y apoyos.
Para ello se amplía su
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ámbito al entorno comunitario próximo al domicilio. Asimismo, se introduce
la posibilidad de organizar el servicio de ayuda a domicilio
colectivamente, es decir de forma coordinada, compartida y participada,
para un grupo de personas en situación de dependencia reducido, que viven
cerca y, en la mayoría de los casos, se conocen entre sí, y que han
solicitado voluntariamente este tipo de organización. De esta manera, se
persiguen distintos objetivos. En primer lugar, se introduce flexibilidad
en el servicio facilitando la adaptación a las preferencias de las
personas y a cualquier eventualidad que acontezca y también se posibilita
el acompañamiento en actividades con más de una persona en situación de
dependencia, además de los cuidados y apoyos individuales habituales. En
segundo lugar, se promueve la estabilidad de los equipos de personas
auxiliares puesto que la organización colectiva requiere, por un lado,
coordinación entre el equipo de auxiliares y, por otro lado, el
establecimiento de relaciones de confianza con las personas en situación
de dependencia. También se minimizan los desplazamientos de las personas
auxiliares. En tercer lugar, se promueve la formación de redes de apoyo y
colaboración entre las personas en situación de dependencia, sus familias
y las propias personas que prestan el servicio, reforzando el tejido
social. Este tipo de organización se podrá solicitar en contextos
comunitarios, como puede ser un pueblo pequeño, viviendas cercanas de un
barrio, edificios donde viven varias personas en situación de dependencia
o un cohousing, entendido como comunidad colaborativa autogestionada.
Todo ello con respeto a las competencias excusivas de los diferentes
territorios y a las leyes civiles propias que pudieran existir.