La regulación de las balas de goma se limita a un mandato a 'las
autoridades competentes', que 'deberán desarrollar protocolos
específicos, de acuerdo con estándares internacionales, sobre la gestión
policial de manifestaciones y reuniones [...]'. También se prevé que 'se
sustituirá progresivamente el uso de los proyectiles cinéticos
denominados balas de goma por otros menos lesivos'.
No obstante, no consta en qué plazo y bajo qué condiciones debe acontecer
esta 'sustitución progresiva'.
Por su parte, en la Exposición de Motivos se despacha la justificación con
la siguiente frase 'Se añade una nueva disposición adicional sobre la
gestión policial de manifestaciones y reuniones y el uso de la fuerza y
material antidisturbios'.
No se establece, en definitiva, la prohibición de las balas de goma, ni
tampoco se establece un plazo para que ésta se ejecute. Únicamente hay
una remisión al desarrollo de protocolos sobre el uso de materiales
antidisturbios y una retórica apelación a una sustitución progresiva de
las balas de goma por otros instrumentos menos lesivos. Se trata de una
redacción ambigua, que no supone compromiso alguno y que remite a una
'sustitución' que no garantiza evitar los peligrosos de las balas de
goma.
En este sentido, se propone asumir la lógica de la Resolución 476/X del
Parlamento de Cataluña, por la que se aprueban las conclusiones del
Informe de la Comisión de Estudio de los Modelos de Seguridad y Orden
Público y del Uso de Material Antidisturbios en Eventos de Masas aprobada
por el Parlament de Catalunya en la sesión celebrada el día 18 de
diciembre de 2013. En este sentido, reproducimos su apartado V, 'MEDIOS
MATERIALES':
'24. Todos los instrumentos, técnicas y herramientas que configuran el
modelo de gestión de orden público tienen sentido en conjunto, ya que
constituyen un equilibrio que permite utilizarlos de una forma progresiva
y gradual. Por esta razón, debe iniciarse inmediatamente la retirada de
las pelotas de goma, que deben sustituirse gradualmente, de modo que en
fecha 30 de abril de 2014 sea efectiva su prohibición total. El nuevo
modelo de actuación gradual y mixto debe garantizar en cualquier caso la
disponibilidad de herramientas robustas que permitan un abanico de
opciones tácticas diferenciadas.
25. El Departamento de Interior, en el plazo de cuatro meses, debe
elaborar el protocolo de dotación y especificación de los medios técnicos
y materiales de la brigada móvil (Brimo) y las áreas regionales de
recursos operativos (ARRO), actualizados y con una regulación específica
de su uso. Debe promoverse la rotación de los profesionales
especializados en los ámbitos de los dispositivos y en la organización de
turnos y
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permanencia, de modo que se evite el cansancio o el estrés de los agentes
en las tareas más exigentes.
26. El Gobierno debe revisar el procedimiento normalizado de trabajo (PNT)
respecto a la utilización de las armas que disparan proyectiles, de la
plataforma de agua y de los gases lacrimógenos, para garantizar en todo
momento el cumplimiento, por parte de los agentes de policía y de la
fiscalía, de las recomendaciones del Comité Europeo para la Prevención de
la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes relativas al
uso de armas que disparan proyectiles, en el siguiente sentido: a) Que su
utilización esté exhaustivamente regulada y controlada mediante un
protocolo, de modo que no quepa duda alguna sobre esta utilización. b)
Que su utilización y el protocolo definido cumplan los principios y las
directrices que establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo y los
criterios que define la legislación. c) Que sólo utilicen estas armas
agentes de policía debidamente seleccionados, formados y con la
capacitación adecuada. d) Que se ofrezca y se garantice un reconocimiento
médico a todas las personas contra las que se ha utilizado este tipo de
armas. e) Que se elabore un informe detallado y una evaluación posterior
sobre cada situación en que se haya utilizado este tipo de armas.
27. El Gobierno debe garantizar que, en los protocolos redactados al
efecto, la utilización de las pelotas de goma y de la plataforma de agua
se conciban como herramientas de último recurso y que sólo se utilicen en
situaciones graves de ejercicio de la violencia o en que exista un riesgo
inminente para la integridad física o la vida de los ciudadanos y de los
agentes de policía, o si se produce una importante destrucción de bienes.
Asimismo, el Gobierno debe garantizar que existe una gradación en la
utilización de las herramientas que tiene asignadas el Cuerpo de Mossos
d'Esquadra para garantizar el orden público en función de la intensidad
de la violencia ejercida, de la destrucción de bienes, del riesgo para la
integridad física o la vida de los ciudadanos y los agentes de policía y
de la mayor eficacia de cada instrumento.
28. El Gobierno debe revisar y modificar los actuales protocolos de
trabajo para garantizar y acreditar la utilización de las armas que
disparan proyectiles y el recuento efectivo de los proyectiles, tanto en
el momento de salir de las dependencias policiales como en el momento de
volver. Debe quedar constancia escrita de esta acreditación de la
utilización y el recuento de los proyectiles y deben suprimirse las
prácticas en que se comunicaban verbalmente.
29. Deben revisarse los uniformes y los elementos de protección personal
de los agentes de las unidades especializadas en orden público y deben
mejorarse teniendo en cuenta las conclusiones de dicha revisión.
30. El Departamento de Interior debe diseñar una estrategia para conocer
la incidencia de las nuevas tecnologías en el ejercicio de la violencia
urbana y los desórdenes públicos y debe definir una respuesta policial
eficaz a su uso. Deben dotarse las unidades especializadas en orden
público de los medios materiales necesarios para hacer frente a la
utilización de estas nuevas tecnologías. 31. El Gobierno debe introducir,
en la comunicación con los ciudadanos, mejoras que combinen el uso de las
redes sociales y la adquisición de instrumentos con capacidad de
comunicación directa con los manifestantes cuando se estén haciendo
manifestaciones o concentraciones.'