Se modifica el apartado 3 del artículo 55 del texto refundido de la Ley
General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes
complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de
noviembre, por el que se añade un nuevo literal a) y se renumeran los
preexistentes, con la siguiente redacción:
Artículo 55. Legitimación de las Asociaciones de consumidores y usuarios
establecidas en España para el ejercicio de acciones colectivas
nacionales o en otro Estado miembro de la Unión Europea.
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3. Las asociaciones de consumidores y usuarios que soliciten ser
designadas como entidades habilitadas para ejercitar acciones colectivas
nacionales o transfronterizas deberán acreditar, en el momento de la
presentación de la solicitud, los requisitos siguientes:
a) Tratarse de una asociación representativa, a los efectos de poder ser
seleccionada para estar representada en el Consejo de Consumidores y
Usuarios o entidad equivalente de ámbito autonómico.
b)? Demostrar el desempeño de manera efectiva y pública durante un periodo
mínimo de doce meses antes de la fecha de su solicitud de designación, de
la actividad propia de su fin de protección de los intereses de los
consumidores,
c)? Que, conforme a sus estatutos, tengan por finalidad la protección y
defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios, tal
como establecen las disposiciones del Derecho de la Unión que se recogen
en el anexo I de la Directiva (UE) 2020/1828 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 25 de noviembre de 2020;
d)? Se trata de una entidad sin ánimo de lucro;
e)? No está incursa en un procedimiento de insolvencia ni está declarada
insolvente;
f)? Es independiente y no está influida por personas distintas de los
consumidores y usuarios, en particular, por empresarios, que tengan un
interés económico en el ejercicio de cualquier acción de representación,
también en el supuesto de financiación por terceros, y a tal fin ha
establecido procedimientos para evitar tal influencia, así como para
evitar conflictos de intereses entre la propia entidad, sus financiadores
y los intereses de los consumidores;
g)? Hace pública en términos claros y comprensibles, por cualquier medio
adecuado, en particular en su sitio web, información que demuestra que
cumple los criterios mencionados en las letras a) a e), así como
información sobre las fuentes de su financiación en general, su
estructura organizativa, su gestión y composición, su finalidad
estatutaria y sus actividades.