Uno de los campos en que se ha ido legislando con profusión para evitar el impacto de la subida de precios de la electricidad a la vez que se avanza en la descarbonización de la economía y en el empoderamiento del consumidor ha sido en el
campo del autoconsumo. En el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, se aumentó la distancia permitida en aquellos casos de autoconsumo a través de la red, desde los 500 metros que se recogían originalmente en el artículo 3 del Real Decreto
244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, hasta los 1.000 metros.
Posteriormente, a través del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, se aumentó la distancia hasta los 2.000 metros, a fin de seguir impulsando el autoconsumo incluso en aquellas viviendas que no disponen de cubiertas con buen recurso
solar por las características de sus edificios (orientación, tipo de cubiertas, catalogación histórica del edificio...) y maximizar el aprovechamiento de superficies.
Sin embargo, esta distancia imposibilita todavía que muchos consumidores puedan beneficiarse del autoconsumo, por no disponer de cubiertas y superficies suficientes, lo que opera en detrimento del despliegue del autoconsumo colectivo y de
otras fórmulas de empoderamiento ciudadano como las comunidades energéticas. Ello es especialmente constatable en el ámbito rural, donde existe una clara diseminación de núcleos de población.
Es por todo ello que se propone, en primer lugar, ampliar la distancia permitida en aquellos casos de autoconsumo a través de la red hasta los 2.000 metros, independientemente del tipo de tecnología de origen renovable utilizada y de la
ubicación de la instalación, con una limitación por razón de potencia instalada (5 MW).
En segundo lugar, y con el fin de potenciar el autoconsumo principalmente en ámbito rural y de asimilarnos regulatoriamente a los países de nuestro entorno, se propone ampliar la distancia según número de habitantes, exclusivamente para
tecnología fotovoltaica ubicada en su totalidad en la cubierta de una o varias edificaciones, en suelo industrial o en estructuras artificiales existentes o futuras cuyo objetivo principal no sea la generación de electricidad.