Artículo 20. Los documentos de guías de buenas prácticas.
[...]
2. Las guías de buenas prácticas abordarán, al menos, los siguientes ámbitos:
nuevo) El fomento de la movilidad infantil autónoma.
3. El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible coordinará la elaboración de las guías de buenas prácticas en materia de movilidad sostenible que se determinen en el DOMOS, en el marco de la comisión que a tal efecto se acuerde en el
Foro Administrativo de Movilidad Sostenible sin perjuicio de las funciones de la Conferencia Sectorial de Transportes a este respecto.
Firmante registrado: Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu