Artículo 4. Derecho a la movilidad sostenible.
1. Se reconoce el derecho de todos los españoles
ciudadanos y las
ciudadanas
a disfrutar de un sistema de movilidad
sostenible
y justo en los términos establecidos por la
ley, que permita el libre ejercicio de sus derechos y libertades
constitucionales, favorezca la realización de sus actividades personales,
empresariales, laborales y comerciales y atienda las necesidades de las
personas menos favorecidas y de las zonas geográficas afectadas por
procesos de despoblación, y en particular, preste especial atención a los
supuestos de movilidad cotidiana.
2. Las administraciones públicas deberán facilitar el derecho a la
movilidad en los términos establecidos en la ley, a través de un sistema
de movilidad, definido como un conjunto de infraestructuras, modos de
transporte y servicios que faciliten los desplazamientos de las personas
y el transporte de las mercancías.
3. El sistema de movilidad definido en el apartado anterior constituye un
elemento esencial para mejorar la calidad de vida de los españoles
ciudadanos y las ciudadanas
y sus oportunidades de
progreso en relación con el acceso al empleo, la formación, los bienes y
servicios, la cultura, el ocio y las demás actividades cotidianas. En
consecuencia, deberá ser eficaz, seguro, asequible, eficiente, accesible,
socialmente inclusivo
y respetuoso con las necesidades
de las personas, la salud de estas y el medio natural en el que estas se
desenvuelvan
ambiente
, integrando además soluciones
digitales para facilitar estos objetivos.
4. El sistema de movilidad será un sistema multimodal plenamente integrado
que aprovechará los distintos modos de transporte que favorecerá
facilitará
la movilidad activa a través de todos los
medios de transporte públicos y privados existentes, incluidos los
regulares, discrecionales o a la demanda.,
y sostenible y podrá
incluir servicios de transporte público regulares, discrecionales
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o a la demanda, servicios de movilidad compartida, y servicios de
movilidad colaborativa
.
5. El sistema de movilidad deberá desarrollarse en beneficio de las
generaciones actuales y futuras, la prosperidad económica, la cohesión
social, el equilibrio territorial y la calidad de vida.