Con carácter de reparación histórica y simbólica, y al amparo de lo
dispuesto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, se
debe reconocer que diversas federaciones deportivas históricas,
constituidas con anterioridad a la Guerra Civil, vieron vulnerados sus
derechos y se vieron privadas ilegítimamente de su actividad
institucional y representación internacional como consecuencia de la
estructura deportiva impuesta por el régimen dictatorial.
En particular, se debe reconocer que la Federación Catalana de Rugby (FCR
en adelante), constituida en el año 1922, como así lo reconoce la propia
Real Federación Española de Rugby y los Tribunales de París, y miembro
fundadora de la Federación Internacional de Rugby Amateur (FIRA) el 24 de
marzo de 1934, fue privada de hecho de su capacidad de actuación y de su
visibilidad internacional tras la publicación del Decreto de 22 de
febrero de 1941 (BOE de 5 de marzo de 1941), que estableció la Delegación
Nacional de Deportes de la Falange Española Tradicionalista y de las
J.O.N.S., centralizando y subordinando toda la actividad federativa bajo
estructuras de control político.
Esta anulación de facto de su funcionamiento supuso una desaparición
institucional impuesta por motivos ideológicos, culturales y políticos.
Con la llegada de la democracia y en virtud del Estatut d'Autonomia de
Catalunya de 1979, la FCR se reorganizó e inscribió formalmente en el
Registro de Entidades Deportivas de la Generalitat de Catalunya en 1983.
A pesar de esta continuidad real, no ha sido reconocida formalmente su
condición de víctima institucional ni su continuidad jurídica con la
entidad original
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de 1922, lo cual ha impedido hasta hoy la plena restitución de sus
derechos, especialmente en el plano internacional.
Dicha interrupción de la actividad federativa no puede interpretarse en
ningún caso como una ruptura en la personalidad jurídica de la entidad ni
como un motivo de pérdida de sus derechos fundacionales. En consecuencia,
procede declarar que la Federación Catalana de Rugby inscrita en el
Registro de Entidades Deportivas de la Generalitat de Catalunya en 1983
es la misma entidad fundadora de 1923, sin solución de continuidad en
cuanto a su origen, legitimidad y trayectoria histórica.
A tales efectos, se solicita al Estado español que reconozca la
ilegitimidad de la desaparición de facto de los derechos de asociación y
representación internacional de la Federación Catalana de Rugby, y
exprese su voluntad de respaldar aquellas iniciativas que, en el ámbito
internacional, persigan la restitución de los derechos que le
correspondan como entidad fundadora de organismos deportivos
internacionales.
Cabe mencionar que, la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, reconoce el
derecho a la reparación moral, institucional y simbólica de entidades
perseguidas o suprimidas por el régimen franquista. En su artículo 3.5 se
contempla expresamente la condición de víctimas para personas jurídicas,
incluidas entidades deportivas. Y en su artículo 4 se declara la nulidad
de todas las sanciones e intervenciones institucionales por razones
políticas o ideológicas.
Atendiendo al principio de continuidad de la personalidad jurídica, y dada
la inexistencia de una disolución formal ni una expulsión explícita de la
FIRA, debe considerarse que la FCR actual -registrada nuevamente en 1983
en el marco del nuevo marco democrático catalán- es jurídicamente la
misma entidad histórica que tiene sus orígenes en 1922.
Con base en este marco legal, la disposición adicional busca subsanar esta
deuda histórica mediante el reconocimiento explícito, por parte del
Estado, de la continuidad jurídica de federaciones como la Federación
Catalana de Rugby, así como la ilegitimidad de las causas que provocaron
ser invisibilizadas internacionalmente.
Este reconocimiento permitiría a las federaciones deportivas como la
Federación Catalana de Rugby fundamentar nuevas iniciativas de
restitución de derechos a nivel internacional, sin alterar el
ordenamiento jurídico interno ni las competencias estatales sobre
representación exterior.