El mantenimiento y promoción de la actividad de cogeneración es clave para la economía industrial y las exportaciones, así como para la eficiencia energética, la reducción de las emisiones de CO2 y la seguridad de suministro. Más de 600
fábricas de sectores industriales calorintensivas —alimentación, química, papel, cerámica, refino, automóvil, etc.— distribuidas por todo el territorio nacional emplean la cogeneración para fabricar el 20 % del PIB industrial y mantienen 200.000
empleos directos. La cogeneración no es solo una tecnología energética, es una infraestructura industrial estratégica que refuerza el país.
La promulgación del nuevo marco a la inversión en cogeneración mediante subastas se ha visto retrasado cuatro años desde su anuncio, estando prevista su promulgación en 2026. Ello ha originado que unas 250 plantas en operación —1.500 MW—
han parado al agotar su vida útil retributiva sin que llegara el marco para su renovación y poder realizar un nuevo ciclo de inversiones a través de las subastas, acarreando una grave pérdida de competitividad, así como de eficiencia energética e
incremento de las emisiones de CO2 asociadas a industrias clave repartidas por todo el país. También la cogeneración realiza aportaciones esenciales a la seguridad de suministro al ser una tecnología síncrona, y distribuida que aporta control de
tensión y frecuencia reforzando la operación de la red eléctrica.
España ha perdido el 50 % de su cogeneración industrial desde 2019, pasando de representar el 12 % de la electricidad nacional a apenas el 6 %. La mitad de las plantas están hoy paradas en espera de la promulgación del marco de inversión
mediante subastas.
La situación de la cogeneración se ha agravado en 2026 por la guerra de Irán, con una caída adicional del -37 % de la producción de la cogeneración en el primer trimestre, debida al incremento y volatilidad de los precios energéticos de los
combustibles
Entre 2026 y 2031 finalizarán su vida retributiva más de 100 instalaciones en operación con 1.000 MW. El tiempo requerido para acometer las inversiones resultantes de las subastas requerirá de 5 años aprox., en un contexto sin precedentes
de excepcional demanda mundial de equipos de cogeneración —motores y turbinas— para centros de datos, también en el sector de la aviación, naval y defensa, que ha alargado los plazos de suministro.
Por ello resulta imprescindible ampliar transitoriamente hasta el año 2031 la retribución a la operación de las plantas existentes que han agotado y agotarán su vida útil para que puedan completar las inversiones asociadas a las subastas
funcionando de manera competitiva con continuidad en las industrias, para evitar el escenario de que al menos 2 de cada 3 cogeneraciones en España estarán paradas en 2031 si no se toman medidas de respuesta para hacer una transición con las
industrias cogeneradoras.
Adicionalmente, el citado retraso ha originado también que las plantas de tratamiento de residuos (purines de cerdo) con cogeneración que han venido acabando su vida útil regulatoria desde 2024 no hayan podido realizar un nuevo ciclo de
inversiones a través de subastas, no pudiendo garantizar su aportación ambiental y sufriendo una clara pérdida de competitividad del sector, así como de eficiencia energética e incremento de las emisiones en las granjas asociadas a industrias
agroalimentarias claves repartidas por todo el país.
La misma situación de agotamiento de la vida útil regulada ocurrirá a partir de 2027 para las plantas de tratamiento de lodos de aceite de oliva, —que son imprescindibles para el sector del olivar que emplea a más de 350.000 agricultores y
15.000 empleos en su industria asociada— y que a través del sector orujero realizan un gran trabajo medioambiental que permite valorizar todo el subproducto que se genera durante la producción del aceite de oliva.
También la labor medioambiental que realizan otras plantas de valorización de subproductos y residuos adscritas al grupo c) se pone en riesgo con el fin de su vida regulatoria. En particular, las plantas de generación de electricidad
mediante la valorización de residuos cumplen un papel clave en la economía circular, ya que permiten aprovechar la fracción no reciclable de los residuos como recurso energético, evitando así que estos terminen acumulándose en vertederos. Esta
función no solo contribuye a la producción de energía, sino que también reduce las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas de la descomposición de residuos y minimiza la presión sobre los sistemas de gestión tradicionales, como el
vertedero.
La presente medida transitoria es la única solución eficaz para resolver el problema y supone replicar la que ya fue adoptada en la Disposición Transitoria Tercera en el Real Decreto-ley 20/2018, extendiéndola a las instalaciones que
posteriormente al 2021 han acabado su vida su útil regulatoria. La medida tiene la garantía de contar con todos los resortes y mecanismos para asegurar que la retribución es adecuada y, en ningún caso, superior a lo que exigen las necesidades de
funcionamiento transitorio de las plantas.
Ante la próxima finalización de la vida útil regulatoria de una importante parte del parque de cogeneración actualmente en funcionamiento, resulta necesario y urgente establecer una habilitación que permita extender su vida útil, de manera
que dicha capacidad siga operativa.
La disposición adicional propuesta con necesario rango de ley, incorpora un régimen transitorio para determinadas instalaciones de cogeneración de alta eficiencia y de tratamiento y valorización de residuos que hayan agotado su vida útil
regulatoria con posterioridad al 1 de enero de 2021, permitiéndoles percibir de nuevo el término de retribución a la operación correspondiente a su instalación tipo que se extinguirá cuando se haga la asignación de un nuevo régimen retributivo
mediante subastas para estas tecnologías, teniendo derecho a la percepción de la retribución a la operación hasta el año 2031, lo cual está alineado con el calendario de subastas de cogeneración previstas del 2026 al 2028 y con los plazos estimados
para su puesta en marcha.
Esta medida persigue evitar cierres irreversibles, facilitar la participación de dichas instalaciones en las futuras subastas y posibilitar inversiones de modernización y descarbonización, manteniendo al mismo tiempo su aportación a la
seguridad de suministro y a la gestión eficiente de residuos.
En suma, la medida responde a la necesidad de reactivar y modernizar la cogeneración de alta eficiencia en España, reforzar la seguridad jurídica y la confianza empresarial para que las industrias puedan planificar su participación,
alineando su marco jurídico con las exigencias y oportunidades de la normativa europea, reforzando su contribución a la competitividad industrial, a la eficiencia energética, a la descarbonización y a la economía circular, y garantizando al mismo
tiempo la eficiencia económico¿financiera del sistema eléctrico. Con ello se pretende preservar y dinamizar un tejido industrial intensivo en empleo y valor añadido, asegurando que la transición energética se lleve a cabo de forma ordenada, justa y
compatible con el desarrollo de la industria española en un momento especialmente sensible por la crisis energética derivada del conflicto en Irán.